lunes, 27 de octubre de 2008

Invitación a Matrimonio de Siri Devta Singh y Dyal Kaur


Sat Nam querida Comunidad,

Con inmensa alegría les queremos invitar a la celebración del Matrimonio de Siri Devta Singh y Dyal Kaur quienes lo celebrarán a través de la tradición Sikh en el Anand Karaj ( Ceremonia Sikh del Matrimonio).
Ellos han querido compartir su felicidad con toda la comunidad y que seamos participes de este momento único en sus vidas para llenarlos de bendiciones
y amor en este día tan especial.
El matrimonio se celebrará en el Lago Ranco el día 2 de Noviembre del 2008.


Lugar : Camino Lago Ranco, Puerto Lapi parcela nº 1.
Para comunicarte directamente con los novios y obtener toda la información puedes escribirle a Dyal Kaur a mahashakty@hotmail.com
Esta celebración como todos los Gurdwaras es abierta a toda la comunidad.
Muchas Bendiciones a todos,

Sikh´s en Chile

sábado, 5 de julio de 2008

Gurdwara en Dharani domingo 13 de Julio 2008


Sat Nam

Los invitamos a participar de un Gurdwara, ceremonia sagrada Sikh, este Domingo 13 de Julio a las 12:00 hrs.

Queremos compartir entre todos este espacio de amor y devoción, expandiendo nuestra conciencia para sentirnos en Unidad.
La ceremonia es abierta y se entra con la cabeza cubierta con un pañuelo o turbante.
Esperamos la presencia de todos, luego habrá Langar del Guru ( cocina gratuita y sanadora)

Lugar : Dharani, Nuestra Señora del Rosario 1477 Vitacura/ Manquehue

Día : Domingo 13 de Julio

Hora : 12:00 hrs

fono: 7273213

Bendiciones!!

Comunidad Sikh Dharma


Informate de ésta y otras actividades dharmicas en nuestro blog
www.comunidadsikhdharma.blogspot.com

contacto: comunidadsikhdharma@gmail.com

domingo, 22 de junio de 2008

Próxima reunión para legalizar Sikh Dharma en Chile



Sat Nam,


Este Sábado 28 de Junio se realizará una nueva reunión para continuar con el proceso de legalización de Sikh Dharma.

Es muy importante que todos los interesados asistan para que este camino sea realizado entre todos, logrando que el Sikhismo sea considerado en nuestro país como una religión.


POR FAVOR CONFIRMA TU ASISTENCIA COMO RESPUESTA A ESTE MAIL comunidadsikhdharma@gmail.com


Día : Sábado 28 de Junio 2008

Hora : 10:00 am

Lugar : Hamburgo 1664 ( Hamburgo esquina La Verbena) Ñuñoa, Santiago.


Bendiciones Infinitas,


Sikhs en Chile

domingo, 8 de junio de 2008

Gurdwara en Dharani domingo 15 de Junio 2008




El Domingo 15 de Junio tendremos un Gurdwara en Dharani, están todos cordialmente invitados a participar de este espacio en servicio de oración y expansión.

Día: Domingo 15 de Junio


Hora: 12:00 hrs

Dirección: Nuestra Señora del Rosario 1477 Vitacura/Manquehue


Fono: 7273213


Ver la invitación adjunta

Con mucho amor los invita el equipo de Dharani

Bendiciones!!!

miércoles, 28 de mayo de 2008

Invitación a Gurdwara este Domingo 1 de Junio




Sat Nam Sat Sangat Ji


Todos invitados al Gurdwara el domingo en San Felipe.
Ver detalles en adjunto.


Wahe Guru Ji Ka Khalsa
Wahe Guru Ji Ki Fateh

lunes, 26 de mayo de 2008

Invitación a Taller de Gurdwara




Este Sábado 31 de Mayo tenemos una actividad que nos permitirá conocer y compreder mejor el espacio del Gurdwara, que es la ceremonia sagrada del camino espiritual de los Sikhs. En ella elevamos nuestra conciencia como grupo cantando y vibrando desde nuestro corazón y en conexión con nuestra alma.



En el taller exploraremos los diferentes sucesos que se experimentan en el Gurdwara, será un taller practico para que podamos comprender y facilitar nuestra experiencia en este espacio sagrado.


Día Sábado 31 de Mayo 2008

Hora 9:30 am a 13:00 hrs
Lugar Centro de Yoga Narayan Eliodoro Yañez 2290 tercer piso (esquina Suecia)

El taller es gratuito y se sugiere una donación voluntaria, no se requieren conocimientos previos.


Confirmar asistencia a satpavan@gmail.com o satsansar.singh@mayco.cl fono 02-2092164 ó 07-8071267

Esperando poder compartir este espacio con todos ustedes


Wahe Guru Ji Ka Khalsa
Wahe Guru Ji Ki Fateh!!

jueves, 22 de mayo de 2008

Nuestra primera reunión para comenzar la legalización de Sikh Dharma como una religión en Chile

Wage Guru Ji Ka Khalsa
Wage Guru Ji Ki Fateh!

Queridos hermanas y hermanos
Les informamos a continuación de lo resultados de nuestra primera reunión,
y la fecha de la próxima reunión a la cual estan todos invitados,
cualquier consulta que tengan haganla llegar a este correo.


Acta de Reunión.

Reunión Sikh Dharma

Fecha: 21/05/08

Asistentes:

Darshan Singh

Sat Bachan Kaur

Nihal Singh

Rai Singh

Temas tratados

Revisión de los aspectos de la ley 16938, y su articulo 303.

Revisión de los estatutos elaborados anteriormente.


Trabajos para la casa

Revisión individual de los dos documentos mencionados anteriormente.


Próxima reunión


Fecha: 20 de Junio

Hora: 9:30 hrs.

Lugar: Hamburgo 1664.

Temas a tratar:

Redacción de los estatutos en base a lo revisado individualmente.

Decisiones tomadas:

La redacción de los estatutos serán basadas en el libro "Victoria y virtud"

Las decisiones tomadas en cada reunión no se discutirán en las siguientes.

La información tratada en cada una de las reuniones será publicada en el nuevo blog

www.comunidadsikhdharma.blogspot.com


Documentos revisados en la reunión:

Legalización Sikh Dharma

1. La ley que regula esto es la ley 19638 (Establece normas sobre la Constitución Jurídica de las Iglesias y Organizaciones Religiosas) y su Reglamento 303 (Reglamento para el Registro de Entidades Religiosas de Derecho Público).

2. El trámite de legalización es relativamente sencillo, y no requiere patrocinio de abogado

3. Los requisitos para la personería jurídica son bastante más libres que aquellos que regula el Código Civil (otras organizaciones)

4. Una vez que el Ministerio de Justicia acoge la solicitud, se demora aproximadamente 2 meses en dar el OK.

Algunos aspectos de la ley:

Para constituir personería jurídica, se debe inscribir la escritura pública, en que consten el acta de constitución y sus estatutos, en el registro público que lleva el Ministerio de Justicia (art. 10 a Ley 19.638).

Publicación en el Diario Oficial de un extracto del acta de constitución, después del OK del Ministerio de Justicia (art 10 c Ley 19638).

En los estatutos deberán contenerse aquellos elementos esenciales que la caracterizan y los órganos a través de los cuales actúa en el ámbito jurídico y que la representan frente a terceros. El acta constitutiva contendrá, como mínimo, la individualización de los constituyentes, el Nombre de la persona jurídica, sus domicilios y la constancia de haberse aprobado los estatutos (art 12 Ley 19638).

Estas entidades deberán constituirse por escritura pública o instrumento privado reducido a escritura pública. El instrumento privado o la escritura pública, en su caso, deberá ser firmado por todos los constituyentes, individualizados con su cédula de identidad, y contendrá el acta de constitución, los estatutos por los cuales ha de regirse, la constancia de haber sido éstos aprobados y el poder que se confiere a la persona a quien se encarga la reducción a escritura pública del mencionado instrumento, el cual deberá contener además las facultades de solicitar el registro de la misma, y efectuar las modificaciones y cambios necesarios para subsanar las observaciones que formule el Ministerio de Justicia (art 2 Reglamento 303).

La solicitud en que se pida la inscripción en el Registro Público, se dirigirá al Ministerio de Justicia. A ella deberá acompañarse una copia autorizada de la correspondiente escritura pública (art. 4 Reglamento 303).

Los estatutos de toda entidad religiosa, cuya personalidad jurídica se constituya de conformidad a la ley Nº19.638, deberán contener, a lo menos (art 6 Reglamento 303):

a.- La indicación precisa del nombre y el domicilio principal de la entidad, y los otros domicilios que pudiere tener, si los hubiere;

b.- Los elementos esenciales que la caracterizan y los fundamentos y principios en que se sustenta la fe que ella profesa;

c.- Los órganos de administración, sus atribuciones y el sistema o forma de elección o designación de sus integrantes, y el número de miembros que los componen, como asimismo el cargo al cual se atribuye la representación judicial y extrajudicial de la persona jurídica.

d.- Las normas internas que establezcan los requisitos de validez para la adquisición y enajenación de sus bienes, y la administración de su patrimonio.

e.- Las disposiciones que regulen el acuerdo de reforma de sus estatutos y de disolución de la entidad, indicándose la institución a la cual pasarán sus bienes en este último evento,

f.- La forma de ingreso, permanencia y abandono de la entidad religiosa, especificando los requisitos correspondientes a dichos actos. Los estatutos deberán asegurar el libre y voluntario acceso, cambio o abandono de la entidad religiosa. Los incapaces podrán incorporarse a la entidad religiosa ejerciendo sus derechos de conformidad a la ley.